Cuestionado régimen de excepción fue prorrogado por sexta vez.

Nuevas ideas y los partidos afines GANA, PCN y PDC aprobaron esta noche por 30 días más la implementación de un régimen de excepción, vigente desde finales de marzo y muy cuestionado por la comunidad internacional por la violació a los derechos humanos habiendose reportado hasta el momento unas 80 personas que murieron en los distintas cárceles del país.

Esta sexta prórroga fue aprobada con 65 votos de los 84 diputados que forman el órgano Legislativo, dominado principalmente por el partido oficialista Nuevas Ideas (NI), y con el rechazo de los partidos en oposición.

«Algunas de las medidas tomadas (por El Salvador) contradicen los estándares de derechos humanos», afirmó en su testimonio ante el Congreso Emily Mendrala, subsecretaria adjunta de Estado para asuntos del hemisferio occidental. 

Scott Busby, subsecretario adjunto de Estado para Democracia, Derechos Humanos y Trabajo, destacó los cientos de denuncias de detenciones de personas inocentes bajo el argumento del combate a las pandillas, y cuestionó lo dicho por funcionarios salvadoreños respecto a la revisión sistemática de esos casos y la supuesta inmediata liberación de inocentes.

El congresista demócrata de Massachusetts James McGovern, calificó de «draconiano» el Régimen de Excepción en El Salvador. Criticó la política de detenciones masivas impulsada por Bukele y dijo que la cifra de más de 50,000 detenidos en solo cinco meses de la que presume el Gobierno de El Salvador «no tiene equivalente en Latinoamérica, ni siquiera en los peores días  de las dictaduras militares».

Al igual que en las anteriores ampliaciones, los legisladores prorrogaron estos poderes especiales al Ejecutivo pocas horas después de que el ministro de Seguridad, Gustavo Villatoro, presentara la solicitud de ampliación del Consejo de Ministros y sin un estudio previo.

Con esta nueva prórroga el régimen de excepción se extiende hasta finales de octubre.

La Constitución salvadoreña indica que la prórroga de la suspensión de la libertad de asociación, reunión y defensa, además de la inviolabilidad de la correspondencia, no debe exceder un plazo máximo de 30 días y únicamente se ampliará si se mantienen las causas que generaron la declaración.

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